CGV
Condiciones generales de venta, suministro y pago (CGV)
Ámbito de aplicación
- Las siguientes Condiciones Generales de Venta (CGV) forman parte integrante de todos los contratos relativos a nuestros suministros y servicios y son de aplicación exclusiva.
- Estas CGC también se aplicarán a cualquier entrega o servicio prestado u oferta realizada al comprador en el futuro, incluso si no se ha acordado específicamente en relación con el contrato correspondiente. No reconocemos ninguna condición del cliente que difiera de nuestras CGC, a menos que hayamos acordado expresamente por escrito su aplicabilidad. Nuestras CGC también se aplicarán si, conociendo las condiciones del cliente que entren en conflicto con nuestras CGC o se aparten de ellas, realizamos la entrega al cliente sin reservas.
- Todos los acuerdos contractuales relacionados con el contrato en cuestión, como los acuerdos contractuales accesorios y las modificaciones contractuales, deberán hacerse por escrito. Las declaraciones y notificaciones legalmente relevantes del comprador relacionadas con el contrato (por ejemplo, fijación de plazos, notificación de defectos, rescisión o reducción del precio de compra) deben hacerse por escrito. Los requisitos formales legales y las pruebas adicionales no se ven afectados. Las CGC se envían anualmente y pueden consultarse en www.dural.de.
Precios, descuentos, condiciones de pago
- Se aplicarán las listas de precios vigentes en la fecha del pedido correspondiente. Si no se indica por separado, todos los precios son sin IVA.
- Nos reservamos el derecho a modificar los precios indicados en las listas de precios para el año correspondiente a nuestra discreción razonable y teniendo en cuenta los intereses contractuales mutuos, en particular si se producen reducciones o aumentos de costes debido a cambios en los precios de nuestras materias primas clave y cambios en los costes energéticos. La información sobre los ajustes de precios contiene un desglose de las razones de estos ajustes.
- Los descuentos y bonificaciones sólo se conceden mediante acuerdo especial.
- Los gastos de transporte y embalaje incluidos en el precio o facturados por separado no se tendrán en cuenta en el cálculo, es decir, no se descontarán ni abonarán.
- Los pagos deben efectuarse en el plazo acordado expresamente y en las condiciones acordadas, en la cuenta bancaria del Vendedor o mediante otro procedimiento acordado. El pago se realizará sin ninguna deducción tal como retenciones no acordadas, descuentos, gastos, impuestos o tasas, o cualquier otra deducción.
Dichas condiciones de pago deberán atenerse a lo previsto en la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas contra la lucha contra la morosidad en operaciones comerciales, sin superar en ningún caso los plazos máximos establecidos en la misma. En cualquier caso, las condiciones de pago se mantendrán siempre dentro del marco legal vigente. En caso de retraso en los pagos por parte del Comprador, éste tendrá que pagar al Vendedor, sin requerimiento alguno y a partir de la fecha de vencimiento del pago, los intereses de demora del pago retrasado, que se calcularán conforme a lo previsto en el artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre. El pago de estos intereses no liberará al Comprador de la obligación de realizar el resto de los pagos en las condiciones acordadas. En caso de que el Comprador incurra en retrasos en los pagos acordados, el Vendedor podrá suspender de forma provisional o definitiva, a su elección, el envío del Suministro o la ejecución de los servicios asociados al mismo, sin perjuicio de requerirle al Comprador la realización de los pagos atrasados y de reclamarle, en su caso, compensaciones adicionales por esta suspensión del Suministro o ejecución de los servicios acordados.
- El impago de un plazo en la fecha de vencimiento provocará automáticamente el vencimiento y la exigibilidad de todas las cantidades debidas por el Comprador incumplidor, independientemente de la forma en que se hubiera instrumentado el pago (letras de cambio, pagarés u otros). Así mismo, el Vendedor se reserva el derecho de suspender la ejecución de sus propias obligaciones hasta el pago completo de las cantidades debidas y exigir la indemnización de costes prevista en el artículo 8 de la Ley 3/2004 de 29 de diciembre.
Entrega, envío, flete, transferencia de riesgos
- Las fechas y plazos de entrega sólo son vinculantes si se confirman expresamente como vinculantes.
- Los plazos de entrega se calculan a partir de la fecha de confirmación del pedido, pero como muy pronto a partir de la fecha de aclaración definitiva de todos los detalles del pedido. El plazo de entrega se entiende para el material puesto en la posición y condiciones indicadas en el pedido aceptado.
En caso de no especificarse la posición de entrega en el mismo, se considerará el Suministro situado en la fábrica o almacenes del Vendedor. Para que el plazo de entrega obligue al Vendedor, el Comprador deberá haber cumplido estrictamente con el programa de pagos, en su caso.
Los plazos quedan condicionados a la disponibilidad de los equipos y materiales, y a cualquier otra circunstancia existente que pudiera influir, que serán informados por el Vendedor en el momento de efectuar el pedido. Cualquier ampliación o modificación posterior del pedido, convertirá el pedido en un pedido nuevo, reiniciándose todos los procesos y revisándose de nuevo todas las condiciones y plazos.
- Acontecimientos imprevistos e inevitables durante la producción y otros obstáculos como fuerza mayor, conflictos laborales u otras perturbaciones en nuestras propias operaciones o en las operaciones de nuestros proveedores, así como retrasos en las entregas por parte de nuestros proveedores, nos darán derecho a prorrogar el plazo de entrega por la duración del impedimento.
En caso de que el Vendedor se vea impedido, total o parcialmente, para el cumplimiento de sus obligaciones contractuales por causa de Fuerza Mayor, el cumplimiento de la/s obligación/es afectada/s quedará suspendido, sin responsabilidad alguna del Vendedor.
Por Fuerza Mayor se entenderá cualquier causa o circunstancia más allá del control razonable del Vendedor, incluyendo pero no limitado a, huelgas de suministradores, transportes y servicios, fallos en los suministros de terceros, fallos en los sistemas de transportes, catástrofes naturales, inundaciones temporales, disturbios, huelgas, conflictos laborales, paros de personal del Vendedor o sus subcontratistas, sabotajes, actos, omisiones o intervenciones de cualquier tipo de gobierno o agencia del mismo y demás causas de fuerza mayor contempladas en la legislación vigente afectando directamente o indirectamente las actividades del Vendedor.
Cuando concurra una causa de Fuerza Mayor, el Vendedor lo comunicará al Comprador con la mayor brevedad posible, expresando dicha causa y su duración previsible. Igualmente comunicará el cese de la causa, especificando el tiempo en el que dará cumplimiento a la/s obligación/es suspendida/s por razón de la misma. La ocurrencia de un suceso de fuerza mayor dará derecho al Vendedor a una extensión razonable del plazo de entrega.
- Nuestros productos tienen diferentes plazos de entrega, en función de la disponibilidad. Nos reservamos el derecho a realizar entregas separadas de los artículos disponibles. Cualquier información sobre la disponibilidad, el envío o la entrega de un producto es meramente indicativa y sirve como guía aproximada. Dicha información no constituye fechas de envío o entrega vinculantes o garantizadas, a menos que se haya acordado expresamente una fecha vinculante. Los derechos legales del cliente no se verán afectados.
- Las mercancías pedidas se envían franco fábrica. Los envíos a portes debidos y libres de gastos sólo se realizarán mediante acuerdo por separado por escrito o en forma de texto.
- El envío se realiza a nuestra mejor discreción y sin garantía de la forma más barata y rápida. A menos que se acuerde lo contrario, las mercancías serán enviadas sin seguro. El riesgo del transporte pasará al cliente en el momento de la entrega de la mercancía al transitario o transportista.
- Entregamos en embalaje comercial estándar; el coste de cualquier embalaje especial necesario correrá a cargo del cliente.
Devolución de materiales. Reclamaciones.
- Cuando las causas de una devolución de material sean imputables al Vendedor, se considerará siempre lo establecido en los siguientes puntos:
- Una vez recibido el Suministro, el Comprador verificará el contenido del mismo en un plazo no superior a 15 días desde la fecha de entrega, para comprobar eventuales defectos y/o faltas que pudiesen ser imputables al Vendedor, comunicando, en su caso, de forma inmediata y por escrito al Vendedor la existencia de estos defectos y/o faltas.
- Una vez transcurridos 15 días desde la entrega, sin que el Vendedor haya recibido una comunicación escrita sobre eventuales defectos o faltas, se considerará que el Suministro ha sido aceptado.
- Los productos rechazados deben conservarse listos para su inspección por nuestra parte en el estado en que se encontraban en el momento en que se descubrió el defecto. La mercancía rechazada deberá ser almacenada adecuadamente por el cliente hasta que se haya aclarado la reclamación.
- Si nuestra mercancía resulta inutilizable en su totalidad o en parte como consecuencia de defectos, deberemos, a nuestra razonable discreción, subsanar los defectos de forma gratuita o entregar la mercancía libre de defectos.
- Si la mercancía debe devolverse debido a un defecto, sólo podrá devolverse con nuestro consentimiento. No estamos obligados a aceptar mercancías devueltas sin nuestro consentimiento. En este caso, el comprador correrá con los gastos del envío de devolución, se cobrará un 20% en concepto de gastos de tramitación y todos los productos se someterán a inspección. En caso de consentimiento expreso admitiendo la devolución, el coste del envío correrá a cargo del vendedor, que indicará el procedimiento para su retirada y transporte.
- Cuando las causas de una devolución de material no sean imputables al Vendedor, se considerará siempre lo establecido en los siguientes puntos:
- Deberá existir un acuerdo previo entre el Vendedor y el Comprador para cualquier devolución de material. La existencia de dicho acuerdo quedará acreditada siempre por escrito.
- El comprador dispone de un plazo de 1 mes a contar desde la fecha factura, para solicitar autorización de devolución.
- El Comprador facilitará la información solicitada por el Vendedor relativa al material objeto de la devolución, su compra y la causa de la devolución.
- El Comprador acepta su participación en los costes de revisión y acondicionamiento del material devuelto que serán como mínimo del 10% del importe abonable. Una vez recibido el material objeto de la devolución, el Vendedor analizará el estado de éste e informará al Comprador del porcentaje de depreciación final, así como de cualquier otra condición que afecte a dicha devolución. No se considerará autorizada la devolución hasta la aceptación de las condiciones finales por porte del comprador.
- Las devoluciones se realizarán siempre con portes a cargo del Comprador, salvo la excepción prevista en el apartado anterior.
- El Vendedor no aceptará devoluciones de materiales declarados como obsoletos, descatalogados, usados o instalados, o sometidos a desmontaje u otras manipulaciones que impidan ofrecer garantías de su normal utilización.
- El Vendedor no aceptará devoluciones de materiales que hayan sido diseñados o fabricados específicamente para el Comprador.
- No se aceptará ninguna devolución ni se realizará ningún abono de ningún material que no haya sido comprado directamente por el Comprador al Vendedor. Al efecto de garantizar este punto, el Comprador facilitará siempre la información de la factura correspondiente a la venta. El comprador determinará la trazabilidad del material en cuestión con dicha factura.
- Para cualquier devolución las causas de la cual sean responsabilidad del Vendedor, se procederá según el marco legal vigente que corresponda. En cualquier caso, el Comprador se compromete a comunicar la incidencia al Vendedor mediante email a dural1@perfiliberia.es para la obtención de la correspondiente «Autorización de devolución», al objeto de garantizar una solución rápida y eficaz.
- No se aceptarán devoluciones ni cancelaciones de pedidos especiales. No se aceptará la cancelación de un pedido una vez que haya sido confirmado.
Garantías.
- El Vendedor garantiza los productos que hayan suministrado en lo referente a defecto de materiales, fabricación o ensamblado por un periodo de 2 años a partir de la fecha factura de compra. La garantía expresada en el apartado anterior consiste en la reparación, en los talleres del vendedor, o el suministro sustitutivo de los elementos que se hayan reconocido como defectuosos, bien por defectos del material o por defectos de fabricación o de ensamblado.
- La reparación o sustitución de un elemento defectuoso del Suministro no varía la fecha de inicio del periodo de garantía del conjunto del Suministro, que será la indicada en el apartado anterior. Sin embargo, el elemento reparado o sustituido tendrá 2 años de garantía a partir de su reparación o sustitución.
- Quedan excluidos de la garantía los daños o defectos debidos al desgaste normal por utilización de los equipos. Además, quedan excluidos de la garantía, la cual se considerará asimismo caducada, los daños y defectos originados por conservación o mantenimiento inadecuados, almacenamiento o manejo erróneo o negligente, uso abusivo, montajes defectuosos, variaciones en la calidad del Suministro eléctrico, modificaciones introducidas en el Suministro sin aprobación del Vendedor y en general cualquier causa que no sea imputable al Vendedor.
- En el caso de bienes que se utilicen para edificios de acuerdo con su finalidad habitual, se aplica a los empresarios un plazo de prescripción de doce (12) meses por defectos que normalmente se manifiestan dentro de este periodo.
Responsabilidad
- La responsabilidad del Vendedor, sus agentes, empleados, subcontratistas y proveedores por las reclamaciones derivadas del cumplimiento o incumplimiento de sus obligaciones contractuales, no excederá en conjunto del precio básico contractual y no incluirá en ningún caso perjuicios derivados del lucro cesante, pérdida de ingresos, producción o uso, costes de capital, costes de inactividad, demoras y reclamaciones de clientes del Comprador, pérdidas de ahorros previstos, ni cualquier otro perjuicio especial, indirectos o consecuenciales.
La limitación de responsabilidad contenida en la presente cláusula prevalecerá sobre cualquier otra contenida en cualquier otro documento contractual que sea contradictoria o incongruente con la misma, salvo que tal previsión restrinja en mayor medida la responsabilidad del Vendedor.
- Salvo que se indique lo contrario en las presentes Condiciones Generales, incluidas las disposiciones siguientes, en caso de incumplimiento de obligaciones contractuales o extracontractuales, seremos responsables de conformidad con las disposiciones legales.
- Seremos responsables de los daños y perjuicios en el ámbito de la responsabilidad por culpa en los casos de dolo y negligencia grave.
- Las limitaciones de responsabilidad resultantes del apartado 3 se aplicarán también a terceros y en caso de incumplimiento de obligaciones por parte de personas (incluso en su beneficio) de cuya culpa seamos responsables de conformidad con las disposiciones legales.
- Las limitaciones de responsabilidad resultantes del apartado 3 no se aplicarán si se ha ocultado fraudulentamente un defecto o se ha asumido una garantía por la calidad de los bienes ni respecto de las reclamaciones que pueda hacer valer el comprador en virtud de la Ley española de responsabilidad por productos defectuosos.
- En caso de responsabilidad por negligencia leve, nuestra obligación de indemnizar por daños materiales y las pérdidas económicas adicionales resultantes se limitará a los daños previsibles y típicos, incluso si están relacionados con el incumplimiento de obligaciones contractuales esenciales.
Conservación del título
- Los equipos y materiales objeto de pedido se suministrarán bajo reserva de dominio a favor del Vendedor, hasta el total cumplimiento de las obligaciones de pago del Comprador, quedando obligado éste último a cooperar y adoptar cuantas medidas sean necesarias o convenientes y las que proponga el Vendedor para salvaguardar su propiedad sobre dichos equipos y materiales. En caso de facturación a cuenta abierta, la titularidad retenida servirá también como garantía para la reclamación del saldo.
- Si la mercancía sujeta a reserva de dominio (mercancía reservada) se transforma o combina para formar un nuevo artículo perteneciente al cliente, se acuerda que el cliente transferirá la copropiedad de la mercancía reservada al cliente, se acuerda que el cliente nos cederá la copropiedad del nuevo objeto y lo conservará gratuitamente para nosotros. Nuestra participación se determinará por la relación entre el valor de la mercancía reservada y el valor del nuevo artículo.
- Por la presente, el cliente nos cede todas las reclamaciones contra su comprador derivadas de la reventa de la mercancía reservada. Si la mercancía reservada se revende junto con otras mercancías que no nos pertenezcan, el cliente nos cederá la parte de la reclamación derivada de la reventa que corresponda al importe de la factura de la mercancía reservada. Liberaremos la mercancía reservada y cualquier propiedad o reclamación por la que la mercancía reservada pueda ser sustituida en la medida en que su valor supere en más de un 50% el importe de los créditos garantizados.
- El cliente tiene derecho a procesar y vender la mercancía reservada en el curso ordinario de los negocios hasta que se produzca el retraso en el pago. La mercancía reservada no podrá pignorarse ni transmitirse en garantía. El cliente queda autorizado con carácter revocable a cobrar los créditos de la reventa. Si se le solicita, debe notificar la cesión a sus clientes y facilitarnos toda la información y documentación que necesitemos para hacer valer nuestros derechos. Sólo podremos revocar esta autorización de cobro en caso de demora en el pago o impago definitivo.
- En caso de embargo de la mercancía reservada o de cualquier otro tipo de menoscabo de nuestros derechos por parte de terceros, el cliente deberá informarnos sin demora indebida.
Confidencialidad
Las Partes deberán tratar confidencialmente todos los documentos, datos, materiales e información proporcionada por una de ellas a la otra y no revelarlos a ningún tercero, ni usarlo para ningún otro propósito distinto del cumplimiento y desarrollo del Suministro, a menos que conste previamente por escrito el consentimiento de la otra Parte. Lo anterior no es obstáculo a que el Vendedor facilite el nombre del Comprador y los datos básicos del Suministro como parte de sus referencias comerciales.
Disposiciones finales
- Las obligaciones mutuas se cumplirán en el lugar del domicilio social del vendedor. La jurisdicción exclusiva para todos los litigios que surjan en relación con nuestras entregas o servicios o de cualquier otro modo en relación con la relación contractual es Vila-real (España).
- Las presentes condiciones serán regidas por, e interpretadas de acuerdo con, las leyes españolas. Se excluye expresamente la aplicabilidad de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG).
- La invalidez de una disposición no afectará a la validez de las demás disposiciones.
- Cualquier de las Partes podrá terminar inmediatamente el pedido por medio de notificación por escrito a la otra Parte, si la otra parte incumple, de manera sustancial, el mismo. Ningún incumplimiento de pedido será considerado sustancial a menos que la Parte que incumple haya sido notificada con antelación por escrito y no haya puesto remedio al incumplimiento dentro de los treinta (30) días siguientes a la notificación.
Asimismo, serán causa de resolución los siguientes supuestos:
- La disolución y/o liquidación o declaración de concurso de acreedores de cualquiera de las Partes, salvo en el marco de operaciones de fusión realizadas dentro del Grupo al que cada una pertenezca.
- El cese de actividad de cualquiera de las Partes.
- La persistencia de un suceso de Fuerza Mayor durante más de tres meses desde la fecha de recepción por una de las Partes a la otra.
- Cualquiera otra causa de resolución señalada expresamente en otras Cláusulas de las presentes Condiciones.











